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Este es un lugar en cual los hombres y mujeres de orientación política, podrán conocer mi sentido de lucha por una patria mejor y un porvenir más promisorio para nuestros Niños. Como político, hice lo que quizás pocos han hecho para su patria y su partido. Fui el hombre que 1978, desde el centro de información de la 30 marzo, intercepto todas las llamas del Palacio de Gobierno donde estaba Balaguer, y termino con darle el primer golpe de estado telefónico en América Latina. Sacando a

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PROCURADORIA VS FELIX BAUTISTA

Procuraduría solicita prisión contra senador Félix Bautista

22/10/2014 07:25 PM - Redacción

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La Procuraduría General de la República solicitó este miércoles prisión preventiva para el senador Félix Ramón Bautista Rosario, a través de un escrito de acusación y requerimiento de apertura a juicio depositado ante la Suprema Corte de Justicia.

En esas atenciones, la Procuraduría solicitó la designación de un juez de la Instrucción Especial, a fin de conocer en audiencia preliminar una solicitud de prisión preventiva y acusación por hechos graves de corrupción y lavado en contra de los ciudadanos: Félix Ramón Bautista Rosario, Soraida Antonia Abreu Martínez, José Elías Hernández García, Bolívar Antonio Ventura Rodríguez, Carlos Manuel Ozoria Martínez, Gricel Aracelis Soler Pimentel yBienvenido Apolinar Bretón Medina, de la forma siguiente:

a) En cuanto al ciudadano Félix Ramón Bautista Rosario por violación a los artículos 114, 145, 146, 147, 148, 150, 151, 166, 167, 171, 172 y 175 del Código Penal Dominicano,que consagran y sancionan las infracciones de atentado contra la Constitución, falsedad de escritura pública, falsedad de escritura privada, uso documento falsos, prevaricación, desfalco y asuntos incompatibles con la calidad de funcionario público; 361 numeral 1 y 3 literal d);artículo 7 de la Ley No. 82-79 Sobre Declaración Jurada de Bienes que consagra y sanciona el enriquecimiento ilícito; artículos 79 numeral 1 y 80 numerales 6 y 9 de la Ley No. 41-08 Sobre Función Pública; los artículos 3 letra a) y b), 4, 8 letra b), 18, 21 letras a), b) y c) y26 de la Ley No. 72-02, Sobre Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas y Sustancias Controladas y otras Infracciones Graves; y artículos 6, 26 numerales2 y 3, 39 numeral 1, 50 numeral 1, 75 numeral 1 y 12, 77 numeral 3, 135, 136, 146numeral 1, 2, 4 y 276 de la Constitución de la República Dominicana; artículos 18, 19 y20 en la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción y artículos 6 y 9 de la Convención Interamericana Contra la Corrupción.

b) En cuanto a los ciudadanos Bolívar Antonio Ventura Rodríguez, Carlos Manuel Ozoria Martínez, Soraida Antonia Abreu Martínez, José Elías Hernández García, Gricel Aracelis Soler Pimentel y Bienvenido Apolinar Bretón Medina, por violación a los artículos 59, 60, 145, 146, 147, 148, 167, 171, 172 y 175 del Código Penal Dominicano que consagran y sancionan la complicidad en falsedad de escritura pública, falsedad de escritura privada, uso documento falsos, prevaricación, desfalco, y asuntos incompatibles con la calidad de funcionario público; artículos 3 letra a) y b), 4, 8 letra b), 18, 21 letras a), b) y c) y 26 de la Ley No. 72-02, Sobre Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas y Sustancias Controladas y otras Infracciones Graves.

Asimismo, solicito la Procuraduría General de la Republica en aplicación de las disposiciones de los artículos 226 numeral 7, 294 (parte in fine), y 301 numeral 6 del Código Procesal Penal, que se IMPONGA como medidas de coerción consistente en prisión preventiva a los ciudadanosFélix Ramón Bautista Rosario, Soraida Antonia Abreu Martínez, José Elías Hernández García, Bolívar Antonio Ventura Rodríguez, Carlos Manuel Ozoria Martínez, Gricel Aracelis Soler Pimentel y Bienvenido Apolinar Bretón Medina, por ser ésta la única que garantiza que los mismos no se sustraigan al proceso penal que se le sigue por hechos graves.

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