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Este es un lugar en cual los hombres y mujeres de orientación política, podrán conocer mi sentido de lucha por una patria mejor y un porvenir más promisorio para nuestros Niños. Como político, hice lo que quizás pocos han hecho para su patria y su partido. Fui el hombre que 1978, desde el centro de información de la 30 marzo, intercepto todas las llamas del Palacio de Gobierno donde estaba Balaguer, y termino con darle el primer golpe de estado telefónico en América Latina. Sacando a

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El barrilito

El barrilito, el cofrecito y la Carta Magna

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Por JOSÉ RAFAEL ABINADER
13 marzo, 2016 3 comentarios

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Los actuales integrantes del Congreso Nacional, diputados y senadores, reciben cada uno de ellos sustanciales sumas de dinero, para, según afirman, destinarlos a labores sociales en las demarcaciones geográficas que les corresponden representar. La comidilla popular, glosando siempre términos familiares, le llama a la entrega de esos recursos el Barrilito y el Cofrecito.
La Ley Fundamental Dominicana, en su Título III del Poder Legislativo, es bien clara al definir y categorizar las funciones del Primer Poder del Estado. Ese texto, en sus artículos del 76 al 92, habla de la composición del Congreso conformado por el Senado y la Cámara de Diputados y también las atribuciones exclusivas, explicadas por separado de ambas Cámaras.
Aunque lo más importante es conocer la hermenéutica de las atribuciones del Congreso Nacional. En este sentido lo imprescindible es leer y analizar el artículo 93 que se refiere a esas atribuciones que van desde establecer los impuestos y tributos hasta supervisar las políticas públicas implementadas por el Poder Ejecutivo.
¿Pero qué sucede? Que taxativamente ninguno de esos artículos de la Constitución de la República le otorga al Congreso desempeñar las labores de asistencias y prestaciones sociales. Esa es una tarea que le toca ampliamente al Poder Ejecutivo y que será ampliada y desarrollada a partir del 16 de agosto en el Gobierno del Partido Revolucionario Moderno (PRM).
Ahora, para los que crean lo contrario, lo recomendable es que se ilustren leyendo a los expertos tratadistas constitucionales que coinciden en que la Ley de Leyes no puede analizarse analógicamente, sino que es de absoluta interpretación estricta.
Lo útil sería que el Congreso vigile y se ocupe de que el Poder Ejecutivo sea justo y generoso en ayudar a las personas de escasos ingresos, tanto en la buena salud, como en la excelencia y amplitud educativa y en la distribución directa a las madres solteras, a los y las envejecientes y a las familias en general que estén agobiadas por las necesidades.
Además, al disponer de esos fondos los actuales legisladores, que buscan la reelección, se sitúan en un plano superior en cuando al gasto electoral en comparación con los aspirantes a diputados y senadores de la oposición. No se conoce que se hayan hecho auditorías o establecidos controles en relación a los dineros del Cofrecito y el Barrilito, cuya entrega es evidentemente inconstitucional.
No es ocioso sobre este tema informarse con los eminentes constitucionalistas como Hugo Grocio, el Barón de Montesquieu, Charles Alexis Tocqueville, Henry Black, entre otros.
Como evidencia de lo afirmado en este escrito, basta recordar que la primera Constitución escrita, vigente actualmente y que fue aprobada por los patriotas estadounidenses en el año 1787, nunca ha sido interpretada por analogías, sino que en caso necesario la Suprema Corte de Justicia de aquella gran democracia lo que hace es aprobar o desaprobar enmiendas.
Lo justo es que los actuales Senadores y Diputados renuncien a esa prebenda. Si lo hacen sería nobleza de parte de ellos.

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