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Este es un lugar en cual los hombres y mujeres de orientación política, podrán conocer mi sentido de lucha por una patria mejor y un porvenir más promisorio para nuestros Niños. Como político, hice lo que quizás pocos han hecho para su patria y su partido. Fui el hombre que 1978, desde el centro de información de la 30 marzo, intercepto todas las llamas del Palacio de Gobierno donde estaba Balaguer, y termino con darle el primer golpe de estado telefónico en América Latina. Sacando a

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ESTATUTOS DEL PRD "PAGINA 1"

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CAPÍTULO I

 

DISPOSICIONES GENERALES 

ARTÍCULO 1.-El Partido Revolucionario Dominicano es una organización al servicio del pueblo, cuyo pensamiento político se nutre de los principios sustentados por los fundadores de la nación dominicana, los forjadores del Partido y de los ideales del Dr. José Francisco Peña Gómez.

 

PÁRRAFO.-El Partido Revolucionario Dominicano se identifica con los postulados ideológicos y programáticos del Socialismo Democrático, con los lineamientos de la Internacional Socialista, y con las luchas que libran los pueblos del mundo para lograr su autodeterminación, desarrollo y superación de la pobreza.

 

ARTÍCULO 2.-El Partido Revolucionario Dominicano actúa en el campo político nacional e internacional para organizar, educar y conducir al pueblo dominicano a la plena realización de una sociedad basada en la independencia política y económica, y en los objetivos y principios de libertad, bienestar, igualdad, justicia, solidaridad, autodeterminación, coparticipación, paz, trabajo, honestidad, integración regional, y defensa y protección del medio ambiente.

 

ARTÍCULO 3.-Los programas de Gobierno a nivel nacional, congresional y municipal que el Partido Revolucionario Dominicano presente al país para cada elección, deben responder a los principios y postulados del Socialismo Democrático, y ser aprobados por los organismos estatutarios competentes.

 

ARTÍCULO 4.-La Organización del Partido es de carácter democrático y está integrada por los organismos de base y de dirección, electos(as) mediante el voto universal, directo, secreto, mayoritario y proporcional, según lo establezcan sus Reglamentos Internos y la Ley Electoral.

 

PÁRRAFO I.-Se prohíbe terminantemente la promoción de grupos o candidaturas dentro del Partido, excepto estas últimas durante los períodos pre-convencionales que señale el Comité Ejecutivo Nacional o su Comisión Política, lo mismo que la recaudación de fondos y la instalación de locales para fines políticos personales o de grupos.

 

PÁRRAFO II.-Las corrientes de opinión y líneas políticas como variantes dentro de la doctrina y la estrategia general aprobadas por el Partido, son toleradas en la medida en que no interfieran con las deliberaciones y funcionamiento del Partido. Las mismas sólo podrán expresarse en el seno del Partido y cualquier publicidad al respecto conllevará severas sanciones para sus responsables.

 

ARTÍCULO 5.-El emblema del Partido está representado por una elipse formada por la leyenda Partido Revolucionario Dominicano, arriba, y abajo, 1939, un jacho sostenido por una mano derecha vigorosa, que tiene como fondo dos montañas que se definen en el horizonte.

 

PÁRRAFO.-Los Estatutos Generales tendrán en su portada el emblema del Partido y en la contraportada la figura del Dr. José Francisco Peña Gómez; en la parte superior de la misma se leerá: Dr. José Francisco Peña Gómez, y al pie de foto, la leyenda: Líder Inmortal del PRD.

 

ARTÍCULO6.-El color de la bandera del Partido es el blanco y tiene su emblema en el centro.

 

ARTÍCULO 7.-El partido tendrá como himno el escrito en 1961 por el compañero Dr. José Francisco Peña Gómez, con la colaboración de Ángel Miolán y con música de Aníbal de Peña.

 

ARTÍCULO 8.-El lema del Partido reza: Soberanía Nacional, Libertad, Justicia

 

Social, Democracia, Unidad y Solidaridad.

 

CAPÍTULO II DE LOS SIMPATIZANTES, MILITANTES Y DIRIGENTES

 

ARTÍCULO 9.-Para realizar y garantizar la aplicación de los principios y objetivos programáticos del Partido, existirán las categorías de simpatizantes, militantes y dirigentes.

 

A. De los(as) Simpatizantes

 

ARTÍCULO 10.-El Partido considerará como simpatizantes a los(as) dominicanos(as) que no perteneciendo a ninguna organización política tengan afinidad con la ideología y el programa de la organización.

 

ARTÍCULO 11.-Los(as) simpatizantes gozarán de los siguientes derechos:

 

a) Poder exteriorizar antes las autoridades del Partido sus opiniones acerca de los problemas nacionales e internacionales.

 

a) Colaborar en la realización de tareas partidarias que les sean asignadas por un determinado organismo del Partido.

 

b) Ser invitados(as) a reuniones internas de organismos del Partido.

 

ARTÍCULO 12.-Los(as) simpatizantes que decidan pasar a la categoría de militantes, expresarán su voluntad a uno de los organismos del Partido que correspondan al Colegio Electoral donde ejerzan su derecho al voto, en el país o en el Exterior, teniendo que someterse a un período de prueba y evaluación que no podrá ser menor de 3 (tres) meses, durante el cual será obligatorio el conocimiento y estudio de los estatutos, doctrina, tesis, estrategias, programas y otros documentos fundamentales del Partido. Será imprescindible poseer la Cédula de Identidad y Electoral.

 

B. De los(as) Militantes

 

ARTÍCULO 13.-Se consideran militantes del Partido los(as) dominicanos(as) que se encuentran organizados(as) y registrados(as) en los Comités de Colegios Electorales y Núcleos; y que posean Cédula de Identidad y Electoral.

 

PÁRRAFO.- Cada militante del Partido Revolucionario Dominicano será provisto de un carné fotográfico debidamente numerado y renovable periódicamente. Esta facultad es competencia exclusiva de las autoridades del Partido. Se prohíbe a las corrientes de opinión, líneas políticas y pre-candidatos(as) y candidatos(as), la expedición de dicho documento.

 

C. De los(as) Dirigentes

 

ARTÍCULO 14.-Se consideran dirigentes los(as) militantes que por libre elección ocupan posiciones de mando en los niveles superior, intermedio o de base en la organización del Partido.

 

D. Deberes y Derechos de los(as) Militantes y de los(as) Dirigentes

 

ARTÍCULO 15.- Son deberes de los(as) militantes y de los(as) dirigentes:

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