Este es un lugar en cual los hombres y mujeres de orientación política, podrán conocer mi sentido de lucha por una patria mejor y un porvenir más promisorio para nuestros Niños. Como político, hice lo que quizás pocos han hecho para su patria y su partido. Fui el hombre que 1978, desde el centro de información de la 30 marzo, intercepto todas las llamas del Palacio de Gobierno donde estaba Balaguer, y termino con darle el primer golpe de estado telefónico en América Latina. Sacando a
El ex superintendente de Bancos y actual contralor general de la República, Haivanjoe Ng Cortiñas ha esgrimido que su pensión y la de otros ex altos cargos de la Superintendencia de Bancos (SB) son legales, porque cumplen con los reglamentos internos del Fondo de Jubilaciones y Pensiones de esa entidad.
Sin embargo, el rumor público da cuenta de que Haivanjoe Ng Cortiñas habría modificado esos reglamentos para que las pensiones de ese fondo pudieran ser otorgadas a personas que no habían trabajado exclusivamente en la SB, como era el requisito de acuerdo al reglamento originario, del 14 de marzo de 2001.
Ng Cortiñas habría modificado los reglamentos en febrero de este mismo año, sin embargo, de esto no hay constancia, porque tanto el reglamento anterior como el que le permitió autopensionarse con 651 mil pesos mensuales, han sido secuestrados, por él y por las actuales autoridades de la Superintendencia.
A pesar de que este viernes la Z101 recibió una llamada –a través de Felipe Romero- de parte de la SB, informando de que inmediatamente iba a colgar los reglamentos en la página web de la institución, a la mañana de este sábado, 29 de septiembre, no habían sido colgados.
Los documentos pueden solicitados mediante la Ley de Libre Acceso a la Información Pública, como eventualmente será, pero en una institución como la Superintendencia de Bancos es innecesario, porque su investidura de institución rectora le obliga a transparentar no sólo lo relativo a las instituciones reguladas y supervisadas por ella, sino también sus propias informaciones.
El ahora contralor general de la República sostiene que las pensiones otorgadas a la carrera, entre el 15 y el 17 de agosto de este años son legales, pero para ello no es suficiente con que él lo exponga, sino que son necesarios los instrumentos para que la sociedad pueda avalar o refutar esta aseveración.
Otorgando el beneficio de la duda de que las pensiones sean legales, todavía hay mucha tela que cortar, como ¿por qué 38 de 49 pensiones se otorgaron entre el 15 y el 17 de agosto? ¿Por qué las pensiones de Haivanjoe Ng Cortiñas y Daris Javier Cuevas Nin fueron otorgadas el 17 de agosto, cuando ya había concluido la administración que los designó y el actual presidente no se había pronunciado sobre este cargo?
Es preciso investigar el criterio técnico utilizado para que seis ex altos cargos de la SB se hagan con el 40% del valor total de esas pensiones, y por qué dentro de esos seis ex funcionarios de la SB hay tres que pertenecían al Comité de los Fondos de Pensiones, incluido Ng Cortiñas, que lo presidía.
Hay que determinar técnicamente por qué el 65% de las pensiones otorgadas entre el 1 de enero y el 17 de agosto están en un rango de 27,999 y 100 mil pesos; el 20% entre los 100 mil y 200 mil pesos; y el restante 15% entre los 200 mil y los 651 mil pesos. Tal vez los dos reglamentos, el viejo y el nuevo, permitan arrogar luz a estas interrogantes.
Lo legal también implica que en un debate como este las dos posiciones encontradas tengan acceso igualitario a los documentos que sustentan la acción y que permiten al funcionario cuestionado esgrimir el principio de legalidad.