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Este es un lugar en cual los hombres y mujeres de orientación política, podrán conocer mi sentido de lucha por una patria mejor y un porvenir más promisorio para nuestros Niños. Como político, hice lo que quizás pocos han hecho para su patria y su partido. Fui el hombre que 1978, desde el centro de información de la 30 marzo, intercepto todas las llamas del Palacio de Gobierno donde estaba Balaguer, y termino con darle el primer golpe de estado telefónico en América Latina. Sacando a

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JCE EN OTRO LIO

La JCE se mete en otro lio, a pocos días de las elecciones

La empresa Hans García Comunicación Integral impugnó ante la Junta Central Electoral (JCE) la resolución 066-2012, del 20 de abril pasado, mediante la cual le fue adjudicada a la empresa ACD Media los derechos de transmisión por radio y televisión de los boletines correspondientes a las elecciones presidenciales del próximo 20 de mayo.

El recurso se fundamenta en que ACD Media presentó una cotización más costosa, además de que la propuesta de Hans García Comunicaciones Integrales fue la única que incluyó la realización de reportajes de las votaciones en España, Venezuela y Estados Unidos.

Las explicaciones fueron ofrecidas por Hans García, socio principal de la empresa impugnante, y por su abogado Julio Cury, quienes explicaron que para justificar la adjudicación a favor de ACD Media, la JCE invocó que las demás licitantes no cumplieron con un requerimiento extraño a la licitación.

Cury expresó que la JCE convocó el 29 de febrero dos licitaciones restringidas, una para la transmisión de los boletines y otra para “Soporte de Prensa y Relaciones Públicas”, y que se exigía que las licitantes de esta última “un elenco de periodistas experimentados en la elaboración de notas informativas, reportes y trabajos con cuadros estadísticos”.

El jurista señaló además que en la sección 1.6.3, correspondiente a la licitación de la transmisión de boletines, se omitía tal requerimiento, y que por tanto, al adjudicarle a ACD Media la licitación en base al alegado incumplimiento de un requisito inexistente, la JCE incurrió en una violación a la Ley No. 340-06.

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